GARANTÍAS CUBIERTAS:
Gastos de Anulación del viaje (hasta el 100% del importe contratado).
DESCRIPCIÓN DE LA GARANTÍA:
Las garantías relativas a gastos de cancelación o interrupción del viaje contratado son las que se incluyen en este artículo que se prestarán de acuerdo con las condiciones que se establecen a continuación.
1. Gastos de cancelación del viaje
Esta garantía tendrá vigencia desde la fecha de contratación del viaje y finalizará en el momento en que comience con el embarque en el medio de transporte colectivo que se vaya a utilizar en el viaje. Únicamente tendrá validez si se contrata en el mismo momento que el viaje objeto del seguro.
La Compañía reembolsará hasta el límite que haya sido establecido en las Condiciones Particulares o Especiales los gastos de cancelación del viaje contratado que sean facturados al Asegurado por aplicación de las condiciones generales de venta de su proveedor, siempre que el viaje se cancele antes de su inicio y por una de las causas siguientes sobrevenidas después de la suscripción del seguro que impidan efectuar el viaje en las fechas contratadas:
a) Enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento del Asegurado o de sus familiares.
b) Anulación del viaje de la persona que ha de acompañar al Asegurado que esté asegurada por este mismo contrato siempre que la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas anteriormente y siempre que el Asegurado tenga que viajar solo o cuando el Asegurado sea menor o discapacitado. Si el Asegurado decidiera viajar en solitario quedarán cubiertos los gastos adicionales en concepto de Suplemento Individual.
c) Daños graves en su residencia habitual o secundaria o en sus locales profesionales propios o alquilados que los hiciera inhabilitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños que justifiquen de forma imperativa su presencia.
d) Robo de documentación o equipaje hasta 24 horas antes del inicio del viaje y que imposibilite al Asegurado iniciar el mismo.
e) Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en empresa distinta de la actual, que no pertenezca al mismo grupo empresarial, con contrato laboral.
f) Traslado imprevisto y obligatorio a un centro de trabajo localizado en distinta Comunidad Autónoma a la de su residencia y por un período superior a tres meses.
g) Despido profesional del Asegurado.
h) Convocatoria del Asegurado a requerimiento de Organismos Oficiales del Estado o Comunidades Autónomas.
i) La entrega en adopción de un niño.
DEBER DEL ASEGURADO DE COMUNICAR EL SINIESTRO
Será obligación del Asegurado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Contrato de Seguro, emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 160 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro, deberá notifica tanto a su proveedor de viajes como a la Compañía la cancelación del viaje en el momento que tenga conocimiento del evento que la provoque. En caso de incumplimiento de esta obligación, la Compañía podrá deducir de la indemnización a abonar los importes correspondientes a los gastos de gestión, de anulación y las penalizaciones que correspondan en virtud de los citados artículos, ocasionados por tal demora.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA RECLAMAR LA PRESTACIÓN DE GASTOS DE CANCELACIÓN
Para reclamar la indemnización por esta garantía, el Asegurado deberá presentar los siguientes documentos:
1. Copia del documento justificativo de la ocurrencia del siniestro (informe médico o certificado de defunción, informe de bomberos, denuncia a la policía, informe de la compañía de seguros, etc.,...). Este documento deberá reflejar necesariamente la fecha de ocurrencia (hospitalización, defunción, siniestro).
2. Factura y/o recibos del pago del viaje a la agencia, así como, copia del bono de viaje expedido por la agencia.
3. Copia o fotocopia de la factura de gastos de cancelación del mayorista de viajes a la agencia minorista y copia de las condiciones generales de venta del mayorista.
4. Factura de gastos de cancelación o nota de abono de la factura expedida por la agencia de viajes.
Es indispensable que los gastos de cancelación del viaje queden justificados en la documentación requerida anteriormente.
EXCLUSIONES ESPECIFICAS DE LA COBERTURA DE GASTOS DE CANCELACION
Además de las Exclusiones Generales a todas las garantías de esta póliza descritas en el artículo 11 de estas Condiciones Generales, no se garantizan las cancelaciones o interrupciones de viaje que tengan su origen en los siguientes hechos o sus consecuencias:
a) Tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas no urgentes, analíticas, pruebas médicas, sesiones de rehabilitación y revisiones periódicas o preventivas.
b) La contraindicación médica o de vacunación, o la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento médico aconsejado.
c) Epidemias
TODAS LAS SOLICITUDES DE REINTEGROS RELACIONADAS CON LAS GARANTIAS MENCIONADAS, DEBERAN SER DIRIGIDAS DIRECTAMENTE POR EL PROPIO ASEGURADO A MAPFRE Y NO A LA AGENCIA DE VIAJES, NI A LA MAYORISTA.
TODA SOLICITUD DEBE IR ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACION ACREDITATIVA Y DEBE SER DIRIGIDA A:
MAPFRE
Área Prestaciones a Personas
Dpto. Reembolsos Asistencia
Carretera de Pozuelo, 52 – Edificio 1 Anexo
28222 Majadahonda (Madrid)
Telf. 91 581 67 09
Este resumen de garantías es a título informativo, no sustituyendo a las Condiciones Generales de la Póliza que prevalecerán en caso de discrepancia.
NIF: B87226916
C.I.C.MA.: 3162
Tel. +34 91 220 35 37
Mov. +34 601 33 83 40
Email: info@destinogrecia.es
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